La separación judicial representa el momento en el que los esposos optan por poner fin a su vida en común, dando inicio a una nueva etapa de independencia individual. Este proceso implica que la pareja, que previamente contrajo matrimonio, ya sea por vía civil o religiosa, decida vivir por separado. Ante las incertidumbres que pueden surgir en esta situación, nuestro objetivo en este artículo es brindarte claridad y orientación para abordar tus interrogantes.
¿A qué tengo derecho? Si me separo de mi marido
Derechos económicos
1. Pensión compensatoria:
- Tiene como objetivo compensar el desequilibrio económico que pueda sufrir uno de los cónyuges tras la ruptura.
- Se concede cuando se cumplen ciertos requisitos, como la existencia de un desequilibrio económico notable y la dedicación de uno de los cónyuges al cuidado del hogar o de los hijos.
- La cantidad y la duración de la pensión se fijarán por el juez en función de las circunstancias de cada caso.
2. Liquidación del régimen económico matrimonial:
- Es el proceso de dividir los bienes y las deudas que se hayan adquirido durante el matrimonio.
- El régimen económico matrimonial determina cómo se reparten los bienes, pudiendo ser gananciales, de separación de bienes o de participación.
- En caso de gananciales, los bienes se reparten al 50%. En los otros regímenes, la distribución dependerá de lo pactado en las capitulaciones matrimoniales.
3. Vivienda familiar:
- El juez determinará quién tiene derecho a usar y disfrutar de la vivienda familiar tras la separación.
- Se tendrá en cuenta el interés de los hijos menores, la situación económica de los cónyuges y las necesidades de cada uno.
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Derechos personales
1. Guarda y custodia de los hijos:
- Ambos progenitores tienen derecho a la guarda y custodia de sus hijos.
- El juez determinará qué régimen de guarda y custodia es más beneficioso para los hijos, pudiendo ser:
- Custodia monoparental: uno de los progenitores se encarga del cuidado principal de los hijos.
- Custodia compartida: ambos progenitores comparten el cuidado de los hijos de forma equitativa.
2. Pensión de alimentos:
- Ambos progenitores tienen la obligación de contribuir a la manutención de sus hijos.
- El juez fijará la cantidad de la pensión de alimentos en función de las necesidades de los hijos y la capacidad económica de los progenitores.
3. Uso del apellido del marido:
- La mujer tiene derecho a mantener el apellido del marido tras la separación o el divorcio.
- Si desea eliminar el apellido del marido, deberá solicitarlo judicialmente.
Entonces ¿si me separo de mi marido a qué tengo derecho?
1. Derecho a la Pensión Compensatoria:
Cuando se produce una separación, la persona que haya dedicado parte de su vida al cuidado del hogar y la familia puede tener derecho a una pensión compensatoria. Esta pensión tiene como objetivo equilibrar las desigualdades económicas que puedan surgir tras la separación, especialmente si uno de los cónyuges ha sacrificado su carrera profesional para dedicarse al cuidado del hogar o de los hijos. La cuantía y duración de esta pensión dependerán de diversos factores, como la duración del matrimonio, la edad y estado de salud de los cónyuges, y las capacidades económicas de cada uno.
2. Derecho a la Guarda y Custodia de los Hijos:
En caso de tener hijos en común, la separación conlleva la necesidad de establecer un régimen de custodia que garantice el bienestar y desarrollo de los menores. La ley española establece que, en principio, se debe procurar el mantenimiento de una relación equilibrada de los hijos con ambos progenitores, salvo que existan circunstancias que lo desaconsejen. Por lo tanto, ambos padres tienen derecho a solicitar la guarda y custodia compartida o exclusiva, así como el régimen de visitas y comunicación con los hijos.
3. Derecho a la Vivienda Familiar:
En caso de que la vivienda familiar sea propiedad de uno de los cónyuges o esté en régimen de alquiler, la ley establece que ambos tienen derecho a continuar usando la vivienda tras la separación, especialmente si hay hijos menores involucrados. En caso de desacuerdo sobre quién se queda en la vivienda, el juez puede determinar una solución equitativa, teniendo en cuenta las necesidades de cada parte y el interés superior de los hijos.
4. Derecho a la Liquidación del Régimen Económico del Matrimonio:
Cuando se produce la separación, se debe proceder a la liquidación del régimen económico del matrimonio, es decir, a la división de los bienes y deudas adquiridos durante la vida matrimonial. En el caso de que existan bienes gananciales, éstos se repartirán equitativamente entre los cónyuges, mientras que los bienes privativos seguirán perteneciendo a su titular. Esta liquidación se realiza de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y puede requerir la intervención de abogados y notarios para su formalización.
5. Derecho a la Manutención de los Hijos:
Ambos progenitores tienen la obligación legal de contribuir económicamente al sustento y educación de sus hijos. En caso de separación, el cónyuge que no tenga la custodia de los hijos puede estar obligado a pagar una pensión de alimentos para contribuir a los gastos de manutención y educación de los hijos. La cuantía de esta pensión se establecerá en función de las necesidades de los hijos y de las capacidades económicas de cada progenitor.
Aspectos a tener en cuenta:
- La legislación española en materia de familia es compleja y está sujeta a cambios.
- Es importante mantenerse actualizado/a sobre las últimas modificaciones legales.
Espero que esta información te haya sido útil.